II. LA SEXUALIDAD Y SU INCIDENCIA EN EL CRIMEN
El limitar la actividad sexual a la sexo-genitalidad o función reproductora -área biológica del sistema sexual- es empobrecer ostensiblemente las posibilidades humanas y reducirlas a una analogía animal (37) (38). La presencia de la sexualidad como expresión placentera -área psicosocial del sistema sexual- amplía y enriquece las posibilidades humanas de la actividad sexual (5) (7) (21).
El ser humano en cuanto es persona y puede adquirir una personalidad, su sexualidad puede expresarse como una “relación interpersonal” (21) (23) (27). Esta relación interpersonal de la sexualidad la podemos entender como una actitud de protección y amparo de padres a hijos (como también se da en otra especies) pero también, como relación comunicacional de pareja que llega a ser específica de la relación amorosa de un varón con una mujer y que se vivencia en forma de ternura y relación emocionada (11) (12) (50).
Es esencial entonces, que la relación sexual sea libremente aceptada por ambos copartícipes y por lo tanto, compartida, puesto que en definitiva es una relación contractual (un trato-con) en que si no es una decisión libremente tomada se establece un vicio de consentimiento, bien sea por la fuerza, la coacción o el engaño por parte de uno de los copartícipes sobre el otro, así como también la pérdida de libertad puede darse como expresión de sexo-dependencia, como una perturbación psicosexual de uno de sus miembros. El Código Penal tutela la libertad sexual de los individuos (23) (46) (71) (78).
La relación sexual en buenas condiciones debe darse sin testigos: la intimidad la potencia, a diferencia de otras relaciones humanas que son públicas.El enriquecimiento que produce la soledad de dos compartiendo el amor es garant ía para el logro de la total comunicación y entrega total (trasciende el puro acto coital) y, constituyen los elementos formales de la sexualidad placentera, dejando de lado los elementos constitutivos de la moral, cuyo estudio nos es ajeno por razones obvias (17) (23) (55).
De igual manera que para el estudio de la personalidad se requieren dos cortes -uno longitudinal o historia vital y otro trasversal, que es el aquí y ahora de su conducta actual, que nos da la estructura y el desarrollo de la misma-, la sexualidad debe estudiarse en su constitución estructural, ya que el hombre nace sexuado pero no sexualizado, hecho que se consigue con el desarrollo de la personalidad a través del tiempo, y que además precisa de un aprendizaje, de igual manera que hablar, caminar, comer, etc. (23) (25) (26) (33).
La sexualidad forma parte indisoluble de la personalidad y como en esta se reconocen tres principios o capas básicas de su configuración existencial:
- la sexo genitalidad como elemento somático sustentador de la sexualidad, determinada genéticamente y expresada por los caracteres sexuales primarios y secundarios específicos de cada sexo.
- la psicosexualidad como placer erótico dada por factores pulsionales y emocionales, el aprendizaje, la fantasía y el impulso necesarios para la acción o la motivación sexual.
- la comunicación interpersonal como capacidad de oblación o entrega afectiva y donde la inteligencia y la voluntad se ponen al servicio del encuentro amoroso.
Son precisamente estas tres capas las que deben participar en la sexualidad para que esta adquiera su carácter de totalidad. A partir de esta posibilidad humana de plenitud sexual, pueden darse toda la gama de manifestaciones de relaciones sexuales que la imaginación humana admita y son una realidad de observación cotidiana, entre ellas, las conductas sexuales que configuran delito (36) (37).
Algunos sostienen que detrás de todo delito, se esconde un problema de alcoba.Si bien esta afirmación es evidentemente excesiva, es cierto no obstante que la sexualidad perturbada (disfuncional y/o desviada) es potencialmente generadora de conductas desadaptativas que pueden desembocar en conductas delictivas (36) (37).
Con esta visión panorámica de la función sexual, ya estamos en condiciones de entender las conductas sexuales humanas y si se dan o no en el marco de una personalidad con perturbaciones psicosexuales y/o sexopatías (6) (37).