Contentidos
Características
El TMT debe reunir los siguiente requisitos:
- Ser desencadenado por una causa inmediata y evidenciable.
- Ser de breve duración
- Que cure rápidamente sin secuelas ni posibilidad de repetición.
- Que haya surgido sobre una base patológica probada.
- Que la intensidad del trastorno mental anule el libre albedrío no bastando la mera ofuscación.
Con base en lo anterior se puede formular la siguiente definición:
Los TMT son estados de perturbación mental pasajeros y curables, debidos a causas ostensibles sobre una base patológica probada, cuya intensidad puede llegar a producir trastornos en la comprensión y la voluntad y por ende, la consiguiente repercusión en la imputabilidad.
Se debe distinguir el trastorno mental transitorio espontáneo (TMTE) del provocado (TMTP).
Los elementos que componen el TMTE son:
1) Origen
Se trata de reacciones a agentes “venidos de afuera” y se corresponden en la clínica con los síndromes reactivos a motivos físicos, psíquicos o mixtos.
Por lo tanto, lo que diferencia los TMT de la enajenación (psicosis endógena), es que aunque ésta desaparezca con rapidez, puede reaparecer sin motivos aparentes en cualquier instante. Los TMTE no vuelven a repetirse si no vuelve a darse el motivo exógeno.
2) Comienzo
La brusquedad de aparición se refiere al intervalo cronológico y al modo de hacer su irrupción la sintomatología.
El TMT ha de ser producido por una causa externa “inmediata, necesaria y fácilmente evidenciable”, es decir, debe existir una secuencia entre la causa (por ejemplo: discusión) y el efecto (por ejemplo: agresión).
La sintomatología, a su vez, hace su presencia intensamente y explica a la perturbación que se manifiesta.
3) Duración
Lo que importa aquí no es que su permanencia sea más o menos prolongada o breve, sino que sea pasajera, es decir, que tenga comienzo y terminación y que no tenga posibilidad de reaparición por motivos internos.
4) Curación
El TMT ha de tener terminación con curación completa, recuperando el sujeto su estado anterior al episodio de perturbación mental.
5) Base patológica
En los TMT suele observarse la existencia de un terreno predisponente, pero no es indispensable.
Cuanto más fuerte sea el factor exógeno y menos la predisposición tanto más pura será la reacción exógena.
Tienen todos en común las alteraciones de la conciencia unida a una cierta incontinencia afectiva y un condicionamiento conductual.
Se describen los de causas físicas, los de causas psíquicas y los mixtos.
Los de causas físicas raramente delinquen ya que el sujeto se encuentra incapacitado o sometido a tratamiento.
En los choques físicos (infecciones, traumatismos craneanos, etc) la base patológica facilita el trastorno, pero éste puede darse aún en ausencia de dicha predisposición.
Se encuentran aquí, desde los estados crepusculares que aparecen como reacción a diversos estímulos exógenos de clara base somática o física: infecciones, intoxicaciones, epilepsia, traumatismos, etc., hasta los síndromes de reacción externa de Bonhöffer como los síndromes de delirium y los amenciales.
Se encuentran también los síndromes facultativos de Stertz u homónomos de Kleist. Se trata de cuadros que tienen rasgos de las psicosis endógenas pero en las que el motivo externo es tan importante para su génesis que el cuadro entero se inicia con él y cesa también con él. Por eso suele hablarse de depresiones, esquizofrenias, paranoias “reactivas”.
Las respuestas patológicas ante choques psíquicos emocionales sólo se conciben en sujetos portadores de un trasfondo patológico, generalmente trastornos de la personalidad (modos de ser).
Los TMT de causa psíquica pueden también ser consecutivos a estímulos vivenciales de origen puramente psíquico, es decir verdaderas “reacciones de situación”.
Se encuentran en este grupo las reacciones vivenciales anómalas que se expresan ya sea como reacciones psicógenas o psicopáticas, como luego analizaremos.
Se diferencian de las reacciones de los sujetos normales en que frente a grandes emociones o pasiones que perturban el autodominio se le producen una disminución de la conciencia y de la voluntad a tal punto que el código español las señala como atenuantes bajo el nombre de “arrebato” y “obcecación”.
Se describen:
- las reacciones explosivas que, según Krestchmer, son esencialmente de causa afectiva, y pueden constituir un auténtico TMT si su intensidad es suficiente como descarga de todo malestar acumulado. Se las observa en epilepsias, trastornos afectivos e histéricos, en las fugas ciega y sin fin y los raptus bajo tensión de la angustia, etc.,
- las reacciones primitivas de Krestchmer ya sean hipobúlicas o hiponoicas, en las que entran algunos casos de somnolencia, hipnosis, estados crepusculares y crisis histéricas.
- las reacciones en corto-circuito (explosión emocional) y
- las reacciones de espanto (parálisis emocional) cuando son típicas reacciones situacionales por estímulos afectivos, violentos, bruscas, cortas y terminen sin defecto.
Los TMT de causas mixtas por motivos exógenos y psicógenos simultáneos también son posibles. Se citan la tuberculosis y el cáncer como consecuencia de la toxemia propiamente dicha y de las reacciones de la personalidad condicionadas por el medio y la vivencia de destino. También se describen las que tienen relación con circunstancias sexuales de la mujer, es decir, los trastornos mentales de la menstruación, el embarazo, el parto y el puerperio.
6) Intensidad
El grado de intensidad del TMT puede ser variado. En sus formas más intensas puede llegar a ser una causa de exención cuando ha alcanzado la misma hondura que la que acompaña a la perturbación del enajenado, y coloque al sujeto en un estado de inconsciencia en sus determinaciones (inhibición intelectual y anulación total de la voluntad).
Existe la posibilidad de que un trastorno mental transitorio sea provocado (TMTP). Para que el TMT cause efecto de eximente o atenuante debe ser preciso que no haya sido buscado como propósito para delinquir (preordenado).
Existen cuadros que generan dudas y que son de observación frecuente relacionadas con el alcohol como la embriaguez aguda y la embriaguez patológica que se da en sujetos con una predisposición especial: epileptoide, esquizoide, histeroide, y a veces sobre cuadros postraumáticos o sobre motivos pasajeros, como el agotamiento, falta de sueño, exposición prolongada a altas temperaturas, insolación, etc.
Para que los trastornos de conciencia y de la coordinación motora que puedan provocar un TMT, sean causa de exención o atenuación de la responsabilidad penal, se debe tener la convicción de que tales respuestas eran desconocidas por el sujeto y no respondían a la actitud premeditada de delinquir.
Los tóxicos euforizantes y embriagantes (morfina, cocaína, heroína, marihuana, éter, alucinógenos, etc.) plantean los mismos problemas que el alcohol y pueden aplicarse las mismas consideraciones psiquiátrico-forenses.
En resumen: la propuesta médico-jurídica que fundamenta el concepto del TMT es el de una perturbación mental que anula parcial o completamente las facultades psíquicas con privación de la voluntad y el raciocinio, de duración limitada, que desaparece sin dejar secuelas. Está causado por fenómenos exógenos o vivenciales, o endógenos de carácter patológico. Se asimila a la enajenación, siendo su única diferencia la transitoriedad y que no debe haber sido producida intencionalmente.