Contentidos
II. Consideraciones generales
Debemos recordar que para hacer una pericia psiquiátrica en general se requiere arribar a los conceptos clínicos de enfermedades y/o trastornos, partiendo de la investigación semiológica a través del estudio de los síntomas (lo subjetivo) y los signos (lo objetivo) que permiten construir un síndrome, es decir un conjunto de síntomas y signos interrelacionados dinámicamente, desde los cuales puede accederse al inicial diagnóstico “presuntivo” de la enfermedad o trastorno en cuestión. Esta realidad fenoménica puede conceptualizarse como “lo que ocurre”. (26)
Para saber “porqué ocurre”, debe investigarse la etiopatogenia de los diversos cuadros, la cual consiste en la determinación etiológica (de sus causas) y patogénica (de los mecanismos y motivos órgano-dinámicos), que unidas por vínculos racionalmente demostrables, comprobados en la experiencia, explican la enfermedad o trastorno “sub examine”. (26)
Son pocos los trastornos mentales que pueden adjudicarse inequívocamente a una causa específica. En general, toda patología depende no solo de factores endógenos, sino también del medio en que está inmerso el paciente: familia, sociedad, institución, clima, medio-ambiente, y educación, cuya identificación solo es posible a través de la observación reiterada y cronológicamente longitudinal de casos similares analizados y sistematizados por medio de instrumentos de medición científica de frecuencia. (26)
Una derivación lógica que se sigue de lo expuesto, es que los diagnósticos psicopatológicos tienen la certeza y la incertidumbre propias de la ciencia estadística. En efecto, carentes de la precisión de las ciencias exactas, se trata de disciplinas cuyas aseveraciones, asimiladas al rango de “reglas de las ciencias físico-matemáticas”, están basadas en la probabilidad. Esta reflexión afirmativa, si bien puede contribuir a inferir una redimensión del alea (contingencia o margen dudoso) de las mismas, cabe agregar que encuentran adecuada corrección en la sólida y recta formación científica del profesional médico -psiquiatra o no-, y psicólogo, a quien compete encontrar la correcta solución del dilema, tarea para la cual se encuentran dotados de un perfeccionamiento teórico-práctico (de conocimientos e instrumentos técnicos) que resulta suficientemente eficaz para conjurar el alea y transmitir validez adecuada a sus conclusiones. (26)
Las dificultades del diagnóstico, en la mayoría de los casos, no surgen del desconocimiento de los síntomas y de los signos que definen un determinado trastorno, sino de la recolección apropiada de la información y el análisis de la misma, que preceden a aquel. Tanto la Psiquiatría como la Clínica Psicológica utilizan los mismos métodos que la Clínica General, núcleo esencial y troncal de los conocimientos médicos. (26)
El proceso diagnóstico en el ámbito psiquiátrico-psicológico se hace aún más complejo cuando la persona examinada “refiere” síntomas que no modifican su exterioridad clínica y conductual, por lo cual carece de signos. Es decir, que el examinador oye pero no ve lo que el paciente experimenta. (26)
Si el psiquiatra y el psicólogo clínico deben resolver entre otras, las dificultades mencionadas al examinar con finalidad diagnóstica a una persona que concurre a las consulta de aquellos dentro de un contexto asistencial, cabe destacar que las mismas se acrecientan y diferencian significativamente cuando la práctica técnica está motivada y sujeta a las reglas del ejercicio forense de aquellas profesiones. (26)
En el ámbito asistencial, el paciente concurre al profesional “psi” para “confesar” lo que le sucede, exponiendo con mayor o menor objetividad y criterio de realidad sus dificultades, concretando así un interés real en saber que le pasa, porqué le pasa y (en general), que puede hacer para que no le pase. En ese contexto pueden señalarse limitaciones dadas por el miedo o angustia, vergüenza y desconocimiento, pero el sincero ánimo de “colaborar” en el estudio y búsqueda de solución al problema permanece inalterable. (26)
No ocurre lo mismo cuando el paciente concurre a la consulta no ya espontánea y voluntariamente motivado, sino que “es llevado, o lo traen” a ella terceras personas que son testigos de sus dificultades. El sujeto en cuestión puede no aceptar total o parcialmente la visión de sus acompañantes pero, en todo caso, el profesional continúa enfrentándose a una situación en la que los actores relevantes que intervienen, están unidos por una “búsqueda de la verdad”. (26)
Otra posibilidad paradigmática es que el peritado distorsione intencionalmente lo que le sucede, en miras a un beneficio personal. El supuesto, es de frecuente observación en la práctica forense. La persona a examinar concurre no como “paciente” sino como “uno de los sujetos de una situación de resolución judicial”. Durante la evaluación pericial, por lo común intenta posicionarse en el “mejor lugar” (a su criterio) respecto de la cuestión judicial en la que está incluida. Entonces, no es infrecuente observar que simule, disimule o sobresimule, ó aun más que mienta, deformando o magnificando aspectos vitales que sabe están siendo conocidos, medidos y valorados. Su intención, puede estar dirigida a la obtención de un beneficio secundario, o a la demostración de ajenidad en los hechos que son materia del juicio, ó en caso de reconocer su intervención material en ellos, perseguir el reconocimiento de una argumentada ausencia circunstancial de aptitud psíquica. (26)
Los casos señalados en la parte final del parágrafo anterior, exigen al profesional actuante, una cuota adicional de sagacidad y habilidad. Pero ello no implica el abandono del método clínico que le sirve de base a sus razonamientos. Porque también preponderantemente a través de dicho método, podrá arribar fundadamente a la conclusión que la realidad expresada por el peritado no tiene expresión sindromática científica, y aún cuando ni siquiera recurra a los términos conceptuales de la simulación o sus equivalentes, igual se halla en condiciones de negarles entidad patológica. (26)
Las situaciones descriptas son algunas de las dificultades que enfrenta el perito “psi” en el cumplimiento de su labor pericial en general. Independientemente de ellas, que no dejan de ser cuestiones técnicas, existen otras que son de naturaleza valorativa e impropiamente se plantean en términos de “elemento nuclear de la decisión judicial”. Particularmente en materia penal, cuando se le exige al perito que establezca una correlación entre el estado de las facultades mentales del peritado y una conducta delictuosa que se le imputa.
1) En el caso, se abren dos caminos posibles :
- cuando la conducta delictuosa investigada no es más que una integrada síntesis de síntomas o signos psicopatológicos que configuran un cuadro clínico definido de la taxonomía clínico-psíco-psiquiátrica. El resultado es obvio pues la ausencia de capacidad biopsicológica de culpabilidad es indudable. Por ejemplo, agresión en un cuadro delirante, ó falsedad de denuncia en un cuadro demencial ; y,
- la conclusión no es tan fácilmente accesible cuando el acto delictuosa investigado no es posible de inscribirse científicamente en una cortejo sindromático pues está atribuido a un autor que no presenta indicadores ostensibles de trastorno mental asociables al delito concreto. En otras palabras, el peritado se halla incluido en el amplísimo margen de población considerada psicojurídicamente “normal”, sin perjuicio que, desde la óptica médico asistencial, presente o no alguna disfunción psicopatológica detectable según los criterios de la Clínica Psiquiátrica, y aún meritoria de alguna clase de intervención terapéutica. (10) (14) (15)
2) Puede afirmarse que el parámetro psicojurídico de normalidad es el de un psiquismo que le permite a la persona una cabal “comprensión de la criminalidad de sus actos y dirección de sus acciones en materia penal” (Art. 34 inc. 1ro. CPA) y, de “plena capacidad biopsicológica para el gobierno de su persona y la administración de sus bienes” en materia civil (Art. 141 CCA). En relación, cabe agregar que los supuestos regulados por el Art. 152 bis del Código Civil, no son de básica incapacidad sino de capacidad limitada; por ende, consideramos que no corresponde considerarlos de estricta anormalidad psicojurídica sino por el contrario, y por decirlo de un modo gráfico-figurativo, ubicados en el límite inferior del rango de normalidad. (16) (17) (21)
3) Frente a las exigencias señaladas con anterioridad, el profesional “psi” no puede fundadamente sino aportar, en el mejor de los casos, pautas o criterios indicadores de tendencias (posibles pero no necesarias). Ello, aún cuando el peritado posea una personalidad con rasgos o caracteres que estadísticamente puedan correlacionarse con alguna clase de conductas delictuosa determinadas; pues en tales casos, la potencia que entraña la tendencia pudo no haberse actuado nunca y, en caso de haber ocurrido, no necesariamente implica que lo haya hecho en las concretas circunstancias (de modo, tiempo, lugar) del hecho investigado. En otros términos, “la tendencia o predisposición no determina”. (22) (24) (25)
4) Desde el campo de la literatura médica especializada, mantiene plena vigencia la expresión de López Ibor (7) en el sentido de que el estudio de la personalidad obtenida por métodos clínicos y pruebas complementarias de diagnóstico, ayudan al perito en el reconocimiento de la interioridad de la persona que tiene enfrente, pero no debe utilizarse como argumento decisivo en un conflicto judicial.
5) No siempre ocurre que el perito basa su opinión en la observación y estudio del peritado. Muchas veces debe cumplir su labor en la encrucijada que plantea el tener que emitirla a través del exclusivo análisis de observaciones y apreciaciones que otros profesionales han vertido con anterioridad. Son casos que obligan a la implementación sucesiva o simultánea del método heurístico (búsqueda y/o investigación de documentos o fuentes de conocimientos históricas) y del hermenéutico (instrumento intelectivo de las ciencias naturales que tiene a la comprensión de hechos), integrándolos armónicamente en post de la valoración y significación de indicios. (26)
III. La peritación del victimario y de la victima mayores de edad
Se debe recordar las diferencias básicas entre el ethos clínico y el forense.
1) Como se expresó más arriba, la tarea del profesional “psi” -psiquiatra o psicólogo- es muy diferente en el ámbito clínico asistencial que en el forense, y ello adquiere particular relevancia en materia penal y sobre todo cuando se encuentra inmerso en la peritación de un delito sexual. (11)
2) En el contexto asistencial, el paciente concurre o es llevado a la consulta psíco-psiquiátrica, por un cambio conductual o comportamental, debido a una enfermedad psíquica; y tiene una cierta libertad en la elección del profesional asistente. (12)
3) La situación es diversa en materia pericial, particularmente penal. El peritado es un sujeto del proceso, voluntaria o involuntariamente sometido en la circunstancia a la legal discrecionalidad del Magistrado o Funcionario interventor en la instancia, que “dispone” la realización de una evaluación técnica dirigida a su interioridad, y respecto de la cual si bien puede oponerse, su renuencia a comparecer puede ser resuelta por el uso de la fuerza pública. El profesional que interviene también es designado por quien ejerce la dirección del juicio y por lo común, en materia penal, asignado de entre los integrantes de un Cuerpo Oficial de Peritos. (13)
4) El examinador debe, por mandato ético, iniciar su actividad anunciando al peritado los caracteres del examen a que será sometido, asistiéndole al peritado el derecho a negarse. En caso de acceder, el recurso a la mentira le ha sido jurisprudencialmente reconocido y hay jurisprudencia al respecto. En consecuencia, el perito puede obtener una versión de la realidad que pretende investigar, distinta a la que efectivamente ocurrió, o simplemente obtener por toda respuesta, la ausencia completa de recuerdos. (18)
5) No es raro que los datos “fidedignos” para reconstruir la historia vital del peritado al tiempo de ocurrencia de los hechos investigados provenga de terceros, vía declaraciones testimoniales (solo a veces presenciales), o indagatorias (de coimputados interesados en minimizar o excluir su propia responsabilidad), asistentes sociales, personal policial (por lo común, quienes personalmente han intervenido en el inicio de las actuaciones y muchas veces concretado la aprehensión del peritado), ciudadanos comunes, etc. (19)
6) En la mayoría de casos, los peritados poseen conciencia de situación, de enfermedad no psicótica, o están en el rango de la normalidad psicojurídica antes señalado. Este estado, verificable al tiempo de realización de la evaluación pericial, es indiferente en relación al estado mental al tiempo de ocurrencia de los hechos en juicio, no permitiendo excluir la afirmación de anormalidad en aquel entonces. (20)
7) Algo muy similar ocurre en la hipótesis inversa: la comprobación de enfermedad actual, puede o no tener incidencia en el estado psíquico delictual.
8) El ambiente donde se concreta el estudio pericial también es sustancialmente diverso al natural-asistencial. En efecto, mientras el clínico cuenta para su práctica con un ambiente especialmente diseñado y preparado para asegurar reserva y confidencialidad al paciente; el perito debe llevar adelante muchas veces su función en lugares completamente inadecuados (comisarías, unidades de detención, domicilios, etc. y hasta en la vía pública). (26)
9) Aún en el caso de tratarse de despachos oficiales, muchos de ellos consisten en reducidas divisiones estructuradas por tabiques incompletos que delimitan espacios de común labor de profesionales y personal asistente, donde aún los bajos tonos de voz son percibidos desde afuera; en presencia de terceros (¿indiferentes?) ajenos a la labor pericial (celadores, personal de institutos de menores, enfermeros, policía, etc.); y finalmente no exentos de interferencias múltiples (teléfonos, golpes a la puerta de otros pacientes que concurren a su citación, consultas de profesionales del derecho o sus empleados , etc. y hasta extremadamente molestas agresiones acústicas de legítimas manifestaciones callejeras, cada día más frecuente en el entorno de los Tribunales capitalinos). (26)
10) Todas las circunstancias expuestas hacen inalcanzables mínimos recaudos de confidencialidad y secreto, interfiriendo y haciendo aún más complejo el diagnóstico pericial. (26)
11) Las limitaciones expuestas en el parágrafo anterior, más allá de caracterizar sustanciales diferencias con la práctica asistencia, se proyectan significativamente sobre el esperable resguardo a los derechos del peritado que también es esencial a la función del experto. (26)
IV. Los menores presuntos victimas de abuso sexual
Los menores victimas de presuntos abusos sexuales en términos generales son patrimonio pericial, a nivel psíquico, de los peritos especializados en menores.
Aquí la complejidad para llevar adelante la investigación pericial requiere de una sagacidad e idoneidad muy particular por parte del perito para evitar caer en apreciaciones subjetivas que interfieran la necesaria objetividad científica que exige el caso. (11) (22) (25)
De manera tal, que los expertos suelen tener en cuenta al momento de llevar adelante la investigación solicitada por el magistrado los siguientes indicadores psicológicos inespecíficos (no existen síntomas patognomónicos) de abuso sexual en los niños (16) (23):
- Miedo aparentemente injustificado hacia las personas adultas, sobre todo hombres
- Desconfianza hacia el adulto en sus promesas y actitudes positivas
- Tendencia a la soledad y al aislamiento
- Reacciones de agresión verbal o física desmesurada desde edades precoces
- Inquietud desmedida de llanto en general
- Dificultad de aprendizaje y concentración en la escuela
- Juegos sexuados explícitos y conversaciones permanentes sobre temas sexuales. Comprensión de la sexual superior a lo esperado a su maduración
- Malas relaciones con sus pares y dificultades para entablar amistades
- Trastornos del sueño
- Depresión clínica con retracción e ideación suicida
- Desconfianza en las figuras significativas
- Comportamiento sobre adaptado
- Actitudes de sometimiento
- Indicio de actividades sexuales precoces.
Finkelhor (25) establece un Modelo Dinámico de la génesis del trauma de abuso sexual infantil que puede ser entendido desde cuatro componentes:
- Sexuación traumática
- Pérdida de confianza relacional
- Estigmatización
- Sentido de pérdida o falta de poder.
Esta dinámica supone una alteración del funcionamiento emocional y cognitivo que puede llegar a distorsionar la visión de sí mismo, las relaciones, y el mundo en general.
La sexuación traumática se produce por la intrusión de intereses y conductas sexuales de un adulto en el desarrollo sexual normal de un niño. Estas conductas son inapropiadas para un niño y, al ser recompensadas con frecuencia por los adultos pueden aprender a usarlas como estrategia para obtener beneficios o relacionarse con los demás, adquieren aprendizajes deformados de la importancia y significados de determinadas conductas sexuales, así como concepciones erróneas sobre la sexualidad y ética sexual. Por último, la sexualidad del niño puede quedar traumatizada o gravemente afectada de numerosas formas.
Los abusos sexuales conllevan una pérdida de confianza en la relación con el agresor. Este puede ser especialmente conflictivo cuando existen relaciones familiares entre el agresor y la víctima. La víctima puede ser manipulada, herida, amenazada, etc., precisamente por quien era objeto de confianza. Esta ruptura de confianza en las relaciones se puede extender a toda la familia por no haber logrado librar a la víctima de estas experiencias, y extenderse también a todas las personas del sexo del agresor.
La estigmatización es sentida como culpa, vergüenza, envilecimiento, pérdida de valor, sentimientos que solo a él / ella le ocurren lo peor, etc. La víctima se puede considerar marcada para el resto de la vida por las experiencias más traumatizantes y considerarse distinta, desgraciada, marginada, etc.
Las víctimas, por último, pueden llegar a creer y sentir que lo que les sucede está fuera de su control, que no saben reaccionar ante las situaciones, en definitiva, que tienen poco poder sobre sí mismos y sobre cuando les sucede. En este mismo sentido se pueden volver temerosos de lo que puede ocurrirles en el futuro, tomar actitudes pasivas y poco asertivas, ser retraídos socialmente, etc.
De esta forma, los abusos sexuales conllevarían, en aquellos casos que acaban produciendo afectos significativos, una socialización sexual traumática, una pérdida de confianza relacional y un auto consideración negativa.
Se describen además diversos afectos a largo plazo del abuso sexual infantil (aquellos que se manifiestan aproximadamente dos años después del abuso).
Dichos afectos son comparativamente menos frecuentes y claros que las secuelas iniciales. También son más difíciles de estudiar por la interacción con otra serie de factores.
Los efectos a largo plazo descriptos en numerosos estudios retrospectivos, relacionados con haber sufrido abuso sexual son:
- Sentimientos de aislamiento, marginalidad, baja autoestima, y de estigmatización,
- Depresión, ansiedad y trastornos neurovegetativos,
- Ideación suicida y conductas autodestructivas,
- Agresividad sexual,
- Fracaso escolar,
- Dificultad para establecer vínculos y mantenerlos,
- Participación sexual pasiva, automatizada y ausente (prestan el cuerpo)
Otra consecuencia que puede acontecer secundariamente a un menor abusado sexualmente son los trastornos por estrés postraumático.
Esta patología, aceptada como un diagnóstico válido recién en la década pasada, es uno de los pocos trastornos psiquiátricos que ha sido definido sobre la base de su etiología, y no simplemente a los síntomas fenomenológicamente considerados. El rasgo esencial del trastorno según la definición del Manual de diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales 4º Ed. de la APA (DSM IV APA), es la aparición de síntomas característicos que sigue a la exposición de un acontecimiento estresante y extremadamente traumático. (8)
El cuadro sintomático característico secundario a la exposición al trauma debe incluir la presencia de reexperimentación persistente del acontecimiento traumático, evitación persistente de los estímulos relacionados a él, embotamiento de la capacidad de respuesta, y síntomas persistentes de activación.
El acontecimiento traumático puede ser reexperimentado de varias maneras. Habitualmente aparece bajo la forma de un recuerdo recurrente e intrusivo, o pesadillas recurrentes donde el acontecimiento vuelve a suceder, o estados disociativos que duran de pocos segundos a varias horas durante las cuales se reviven aspectos del suceso y la persona se comporta como si en ese momento se encontrara en él.
Cuando el individuo se expone a estímulos desencadenantes que recuerdan o simbolizan un aspecto del acontecimiento traumático, suele experimentarse un malestar psicológico intenso, o respuestas de tipo fisiológico.
En los niños con pesadillas perturbadoras sobre el acontecimiento traumático pueden convertirse, al cabo de varias semanas en pesadillas generalizadas, donde pueden aparecer monstruos, rescates espectaculares, o amenazas sobre ellos mismos o los demás. Los niños no suelen tener la sensación de revivir el pasado, de hecho es más común que la reexperimentación del trauma pueda evidenciarse en juegos de carácter repetitivo.
Hay tres aspectos “persistente” “recurrente” y “perturbador” así como la presencia de parálisis e hiperactividad después del trauma que se debe considerar en el TPET.
Debemos recordar también que durante mucho tiempo en las pericias de menores abusados se tuvo en cuenta el análisis de la realidad de las declaraciones de Udo Undeuscht, 1967 (25), cuyos indicadores son los siguientes:
- Relato consistente en el tiempo (confrontación del relato en varias entrevistas,
- Conocimientos sexuales inapropiados para la edad,
- Descripción detallada acerca de personas lugares y tiempos.,
- Relato de circunstancias típicas y características de abuso sexual,
- Relato de presión o coacción del agresor,
- Estructuración lógica del relato,
- Afecto congruente con el hecho relatado (vergüenza retracción culpa, etc.)
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